¿Qué ocurre si un acreedor lo lleva a la corte?

Hasta que una agencia de recolección no lo demande y gane el caso, ellos no podrán, legalmente, quitarle nada de lo que usted tenga con el fin de cobrarse la deuda. Sin embargo, una vez que la agencia accione judicialmente y gane, ellos obtienen una sentencia (judgment) contra usted y pueden quedarse con su propiedad “no exenta” para cobrarse el valor de la deuda. ¿Qué es la propiedad “no exenta”?:

  • Ahorros personales (cuentas de banco, acciones bursátiles y/o bonos, así como depósitos a plazo fijo –certificados de depósito o CDs—y fondos del mercado de dinero).
  • Colecciones de valor
  • Propiedades que tenga en carácter de inversión o utilizadas para vacaciones.

Las posesiones que están consideradas “exentas”, es decir, que un acreedor no está autorizado a tomar y vender para satisfacer el pago de su deuda, son las siguientes:

  • Su casa
  • Su cuenta de ahorro de retiro (es decir, el llamado 401(k) y ciertas clases de IRA calificados).
  • Hasta $30.000 de una propiedad individual y $60.000 para una familia.
  • Ingreso del seguro social
  • Ingreso por incapacidad
  • Ingreso por seguro de desempleo
  • Asistencia pública
  • Pensión por divorcio (alimony) y sostenimiento de niños (child support)
  • Su automóvil
  • Ropa
  • Muebles
  • Efectos personales (por ejemplo, recuerdos con valor afectivo, joyería).

Si una agencia de recolección gana el caso y obtiene una sentencia en su contra, puede imponer un embargo preventivo (lien) sobre su propiedad. Un “embargo preventivo” significa que la agencia puede forzar la venta de su propiedad (con la excepción de su casa). Si un juez emite una “orden de entrega” (turn-over order) significa que la corte le está ordenando entregar toda su propiedad “no exenta” a su acreedor.